domingo, 14 de enero de 2018

ALGUNAS INTERESANTES ESTADISTICAS OKUPAS

El fenómeno okupa, presente en España desde hace mas de 30 años, ha ido cogiendo fuerza y creciendo tan vertiginosamente en los últimos años, en calidad y cantidad, que ha obligado a las instituciones a comenzar a registrarlo estadísticamenete. Síntoma de que su existencia y alcance ha dejado de ser considerado por los Poderes Públicos, como residual y sin importancia, y han comenzado a cuantificarlo, paso previo a su posible conocimiento detallado  y control; Algo que solo ha comenzado a llevarse a efecto en los últimos años, a partir del estallido de la denominada "burbuja inmobiliara" .

A ello no ha sido ajeno el hecho de que los delitos de usurpación ( okupaciòn ) fueron los que mas crecieron porcentualmente  durane los últimos años; con una diferencia de crecimiento de las resoluciones judiciales por tal motivo, entre 2008 y 2013 de un 168% . Porcentaje que solo tiene en cuenta los casos de okupación  juzgados por la vía penal; no así los que lo fueron por la civil, ni aquellos otros que se resolvieron, mediante acuerdos directos entre propietarios y okupas, previo pago a estos de la correspondiente extorsiòn. 

La importancia de este hecho, no contemplado por las estadísticas judiciales penales, antes mencionadas puede verse en el hecho de que, según publicaba "el Idealista" de 17 de abril de 2017, en España había  85.000  y 90.000 viviendas okupadas, de los que unas 70.000 pertenecian al sector financiero o bancario. Sin embargo esta estadística del "Gran Capitan", puede ser mas o menos acertada en lo que respecta a dicho sector financiero, ya que es fácil de obtener sus datos, al estar concentrados, preguntando a las distintas entidades financieras; Pero resulta mucho mas dificil  cuantificar los dispersos datos de los particulares si no se controla específicamente el número de denuncias penales y demandas civiles de los particulares por tales motivos. Y aún así quedarán pendientes de cómputo todos aquellos que por no creer en las soluciones de la Justicia, se la hayan tomado por su mano o con ayuda de empresas especializadas en la "desokupación", o que hayan negociado directamente con los okupas, el pago de un estipendio.   

Según la memoria de la Fiscalía General del Estado de 2017, ( pag. 818 ) en 2015 se incoaron 22.917 procedimientos penales por usurpación, de los cuales solo fueron calificados 3461, mientras que el número de procedimientos penales incoados en 2016 se redujeron a 12.900 de los  que tan solo fueron calificados 1.057 .  A su vez en 2012 se incoaron 12.482, de los cuales fueron calificados 1508 y en 2013 12.569, y 1525 calificados.

           
Ello quiere decir, que tan solo un reducido número de procedimientos penales incoados, por usurpaciòn terminan siendo calificados por el fiscal como tales delitos, bien porque se considere que muchas de las denuncias no constituyan delito, sino, en todo caso infracciones meramente civiles, y cuyos denunciantes deberán acudir a procedimientos de este orden para recuperar la posesiòn del inmueble de su propiedad, bien porque, por razones de carga de trabajo o de tipo procesal, las calificaciones se trasladan a años posteriores . Ello quiere decir, que tales cifras no representan realmente el número anual de propietarios cuyos inmuebles usurpados están pendientes de ser reintegrados en la  posesiòn de los mismos, en virtud de los procedimientos penales. En primer lugar, porque la calificación fiscal, no es sinónimo de sentencia, para la cual se requiere un tiempo desde aquella y otro hasta la efectiva ejecuciòn de la misma. Y en segundo lugar, porque a los procesos incoados y pendientes de sentencia de un año, habrá que acumular los no sentenciados de los anteriores, y todos aquellos derivados a la jurisdicciòn civil.     

Por ello, es posible que la estadística que se refleja en el citado artículo del "Idealista", se aproxime bastante a la realidad, al acumularse usurpaciones no sentenciadas y ejecutadas, junto a procedimientos que se siguen por la vía civil pendientes, igualmente, de sentencia y de ejecuciòn. 

En el siguiente gráfico puede verse la evoluciòn de las condenas por usurpación  en los últimos años, en tres de las comunidades con mayor incidencia.

 Si se relaciona el número de procedimientos incoados con el de sentencias condenatorias por usurpación, se comprueba la limitada efectividad de la vía penal, hastan ahora, para recuperar la posesión del inmueble okupado. Y ello, sin tener en cuenta el tiempo desde que se produce la denuncia y se obtiene la efectiva restitución del inmueble o, el efectivo resarcimiento de las responsabilidaes civiles y las Costas procesales. 

Hay otra estadística que, aunque de caracter orientativo refleja el volumen del coste de las okupaciones para los propietarios de Madrid y Barcelona, según un estudio cuyos resultados publica "el Idealista" y que asciende a mas de 21 millones de euros anuales; Teniendo en cuenta tanto el valor de los inmuebles, como las rentas que dejan de generar los propietarios, durante las okupaciones . Y ello, sin tener en cuenta el coste medio de los procedimientos judiciales necesarios para la recuperacion de la propiedad , los correspondientes al cambio de puerta o de cerradura, y los desperfectos y daños que normalmente ocasionan los okupas en los inmuebles y que debido a su habitual estado de insolvencia tendrá que pagar el propietario aunque gane el juicio.

Otra cuestión que la toma estadística de datos han dejado al descubierto, han sido las falacias con que los partidarios de la okupaciòn han tratado y siguen tratando de justificarla.


Asi un documento del Coordinador Provincial de Seguimiento de Viviendas Ocupadas  de Madrid, al que se refieren el diario "El Mundo" y "ABC" de fecha 15 de junio de 2017 destaca, a este respecto, lo siguiente :

  • Solo un 15% de los pisos son ocupados por necesidades sociales, al tratarse de personas en situaciòn realmente precaria y de vulnerabilidad. ( Una informaciòn de "libre Mercado" de fecha 12 de Noviembre de 2017 aumenta el porcentaje al 25% ) ,
  • El 67,7% de las viviendas ilegalmente ocupadas lo son por autores extranjeros. ( La informacion de "Libre Mercado" lo cifra en el 84% ). Correspondiendo el mayor número de estos a Dominicanos, Marroquies, Rumanos, ecuatorianos y Colombianos, por dicho orden . De estos ocupas extranjeros, un 70% tiene antecedentes policiales y un 30% se encuentra en situaciòn irregular.
  • Se ha incrementado notablemente el número de juicios rápidos por delitos de usurpacion, en Madrid y, como consecuencia, se ha reducido el tiempo de recuperación por sus propietarios de las viviendas usurpadas desde los dos años anteriores , hasta un periodo, comprendido entre 15 días y dos meses .

Todo ello, pone de manifiesto tres cosas :


  • Que la verdadera motivación y causa principal de las okupaciones no es la emergencia social, como dicen sus defensores.
  • Que el descontrol inmigratorio es, una de las razones del aumento de las okupaciones. Lo cual deja tambièn en entredicho a todos aquellos defensores de la libre inmigraciòn, venga de donde venga y como venga.
  • Que la soluciòn al problema de la okupaciòn, en general, pasa, claramente, por decisiones políticas, que aunque han empezado a adoptarse en la Comunidad de Madrid, no se han adoptado, aún, con caracter general en toda España.  Lo cual deja, también, en entredicho a nuestros politicos y gobernates que han estado mirando para otro lado ; y aún siguen haciendolo, aun cuando parecen vislumbrarse síntomas de que están empezando a tomar medidas para ponerle coto a las usurpaciones .

Pues, bienvenidas las estadísticas sobre okupaciones que, al menos, han empezado a clarificar objetivamente un panorama que, subjetivamente todos, menos al parecer, nuestros mas "sagaces" prohombres de la política, habíamos vislumbrado hace ya tiempo, en cuanto a sus causas y soluciones.         



No hay comentarios:

Publicar un comentario