domingo, 20 de diciembre de 2009

LA IMPUNIDAD COMO BASE DEL ORGULLO OKUPA


La Usurpación, es un delito que, en su modalidad conocida vulgarmente como “okupación”, aparece tipificado en el artículo 246 del Código Penal.

Una de las prioridades de la Policía ante cualquier delito, es la identificación del delincuente: Lo que permitirá, su detención y puesta a disposición judicial; evitando con ello su impunidad por desconocimiento del autor. Por ello, una de las reglas de oro que todo delincuente procura seguir fielmente, es la de de pasar desapercibido, para evitar ser identificado; y con ello la posibilidad de ser detenido, imputado y posteriormente condenado.

Atípicamente, los okupas usurpadores, orgullosos de su estirpe, rara vez se esconden. Por el contrario lo más frecuente es que alardeen de su condición, pronostiquen o anuncien su próxima okupación, haciéndola pública, incluso, como buenos "terroristas inmobiliarios", mediante la difusión de comunicados de reivindicación de sus ilegales actos. Y lejos de abandonar su actitud o huir de la policía, tienden a enrocarse en su okupación hasta el punto de resistirse y se enfrentarse violentamente a la policía, cuando la autoridad judicial, bien cautelarmente tras sentencia condenatoria, les notifica y ordena su desalojo, del inmueble ilegalmente okupado.

Su osadía llega, incluso, al punto de amenazar, una vez desalojados, con intentar una nueva okupación, y a cumplir normalmente su amenaza, en un círculo infernal de okupaciones-juicios – desalojos-nuevas okupaciones… en que casi siempre intervienen las mismas personas.

Semejante actitud les otorga una inmerecida aureola heroica de la que se muestran orgullosos, y que facilita el crecimiento del movimiento okupa, con el silencio cómplice de nuestros gobernantes, quienes continúan permitiendo año tras año y okupación tas okupación semejante violación del derecho de propiedad., sin mover un solo músculo de su hormigonada cara de cemento armado.

Desde el año 1995, en que tras la reforma del Código Penal se penalizó , con ridículas sanciones de multa, la okupaciòn de inmuebles como delito de usurpación, no se ha producido modificación sustancial alguna de nuestras leyes penales, tendente a evitar o reducir, de manera efectiva, tales delitos. Y ello a pesar de los innumerables actos de okupación , desobediencia y resistencia a los desalojos, que se han producido desde entonces y del efecto inducido y multiplicador que la cuasi-impunidad de tales actos lleva aparejado.

Rara es la okupación cuya posterior orden judicial de desalojo tiene lugar sin resistencia, más o menos intensa de los okupas. Y más raro aún el desalojo que no va seguido del anuncio y posterior materialización de una nueva okupación, haciendo honor al viejo lema okupa que reza: “Un desalojo, otra okupación”.
El desprestigio de las leyes y de la Justicia que todo ello conlleva, contribuye a alimentar la espiral de okupaciones, y con ello a saturar aún mas a los órganos judiciales encargados de reintegrar la plena propiedad a sus legítimos dueños, dificultando, cada vez mas, una rápida solución del problema.
Pero tan sorprendente como la impunidad con que se llevan a cabo tales acciones ilegales, es la impunidad con que las mismas sirven, a su vez, de plataforma para el desarrollo, por los okupas, de otras actividades no menos ilegales (apertura de bares, restaurantes, celebración de espectáculos, etc. al margen de toda licencia y libres obligaciones contables , fiscales o administrativas ) creando "espacios" donde rige, de hecho, el principio de extraterritorialidad propio de las legaciones diplomáticas, donde el Estado de Derecho es declarado extranjero. Espacios que constituyen en auténticas “Repúblicas Independientes de Mi casa” y que son los conocidos en el psicodélico argot okupa como “espacios liberados”; O lo que es lo mismo , mangoneados por el reducido grupo que constituye la inorgánica “Asamblea”, organizadora del ilegal acto de okupación.

Si el artículo 14 de la Constitución Española proclama la sustancial igualdad de todos los Españoles ante la Ley, ¿qué clase de igualdad asimétrica es la que permite esta desigualdad que otorga a los okupas la posibilidd de mantener impunemente año tras año estas aberrantes situaciones de pública y notoria ilegalidad .

¿Por qué admiten nuestros gobernantes, sin rechistar, semejante discriminación entre los okupas y el resto de los ciudadanos? ¿Acaso se benefician en alguna medida de esa forma de discriminación, santificada por el Tribunal Constitucional que ha dado en llamarse “discriminación positiva, de la que resultan beneficiarios los okupas?

¿O tal vez se permite, simplemente, porque la mayoría silenciosa no okupa las calles, protestando por tan infumable y descarada violación de derechos fundamentales?

Estas reflexiones vienen a cuento, porque una vez más se repite, impunemente y en silencio, el triste y viejo espectáculo de la anunciada vulneración de los derechos de propiedad y de igualdad ante la ley, sin que el Estado los defienda adecuadamente y sin que nadie ponga el grito en el cielo; Tal vez influenciado por la escéptica "creencia" de que “Dios, probablemente, no existe”.

Así, cuando se cumple un año del desalojo del CESOA “Malaya” tras la previa okupación del Edificio del número 49 de la calle Atocha, de Madrid , propiedad del ex teniente de alcalde de Marbella Pedro Román, otro inmueble ha sido okupado, en su lugar por okupas pertenecientes al mismo grupo de okupas desalojado. Se trata de un antiguo concesionario de la marca Ford muy cercano al anterior, situado concretamente en la calle de Sebastián Elcano, 14, junto a la glorieta de los Embajadores, en el Distrito de Arganzuela. Próximo a su vez al local del antiguo CESOA “La Alarma", de donde también fueron desalojados en 2007, poco antes de okupar “la Malaya” .

¿Cómo puede permitirse que un misma “ Asamblea” de okupas profesionales hayan okupado en tres años otros tantos locales, como si fuera la primera vez ?

¿Cómo pueden mantenerse sin rubor y sin adecuar a los tiempos, semejantes leyes penales, que ni disuaden a los delincuentes ni los rehabilitan?

Con total normalidad, pero sin licencias ni control administrativo de ningún tipo, como ya es vieja costumbre, los okupas han difundido un comunicado publicado por la agencia “Europa Press”, informando de la inauguración y el inicio de sus ilegales actividades, previstos para el día de hoy, con la apertura de un comedor, la proyección de un documental, una chocolatata y un concierto acústico y de rap.

Mientras tanto otro CESOA, el del archinombrado “Patio Maravillas”, con una orden judicial
de desalojo pendiente de ejecución desde hace aproximadamente un mes, sigue bunkerizada , sustrayendo el inmueble a su legítimo propietario y desarrollando sus ilegales actividades con redoblado ahinco, con todas las bendiciones políticas y el silencio administrativo, esperando el día en que el desalojo se haga efectivo, para iniciar un nuevo y anunciado asalto a otro inmueble, en el que continuar jugando a tomar el pelo a las leyes emanadas del “Pueblo soberano”.

Y así, jugando al gato y al ratón, nuestra benévola Justicia, y nuestros tolerantes gobernantes, escriben la historia de la okupación en España.

Visto el avance impenitente de la nueva religión laica y la carta de naturaleza que por la vía de los hechos consumados va adquiriendo el movimiento okupa, nadie se extrañe que algun parlamentario proponga a “San Okupacio”, como Santo Patrón de los Okupas y el 23 de Febrero como el día del orgullo okupa”.

Tiempo al tiempo.

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